Como lo señalan algunos de los intervinientes, los mecanismos que establece la ley en la que se contienen las expresiones acusadas son, en términos generales, acciones afirmativas. Con esta expresión ha dicho la Corte se designan políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan, bien de lograr que los miembros de un grupo subrepresentado, usualmente un grupo que ha sido discriminado, tengan una mayor representación.
En este apartado la Corte señala y utiliza el término acciones afirmativas y su definición para determinar las normas contempladas en la ley a que se hace referencia. Gran parte de la argumentación sobre este tema retoma los razonamientos aludidos en la sentencia sobre la ley "Por la cual se Reglamenta la Adecuada y Efectiva Participación de la Mujer en los niveles Decisorios de las Diferentes Ramas y Órganos del Poder Público, de conformidad con los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones."
En este sentido, la Corte considera que los subsidios en los servicios públicos, las becas y ayudas financieras para estudiantes con recursos escasos o el apoyo económico a pequeños productores, son ejemplo de acciones afirmativas. Pero también lo son, aquellas medidas que ordinariamente se denominan de discriminación inversa o positiva, y que se diferencian de las otras citadas por dos razones: 1) Porque toman en consideración aspectos como el sexo o la raza, y 2) Porque la discriminación inversa se produce en una situación de especial escasez de bienes deseados, como suele ocurrir en puestos de trabajo o cupos universitarios, lo que lleva a concluir que el beneficio que se concede a ciertas personas, tiene como forzosa contrapartida un perjuicio para otras.
La definición que hace la Corte sobre estos dos conceptos así como su utilización en el contexto colombiano, son ejemplos de indicadores desde la perspectiva de género. Ambos mecanismo han sido estudiados y debatidos ampliamente por feministas, activistas y académicas, que han buscado incrementar la participación equitativa de las mujeres en los espacios públicos de decisión. Ha sido ampliamente documentada la efectividad de estas medidas y su naturaleza temporal hasta que se establezcan las condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.

