Impacto de la definición de violación en el acceso a la justicia de las mujeres

No. Expediente: 
Case CCT 54/06
País: 
Sudáfrica
Fecha: 
Jue, 05/10/2007
Síntesis: 

La Corte Constitucional de Sudáfrica (Constitutional Court of South Africa) se pronunció en torno al caso en el que el aplicante, el Sr. Masiya, un hombre de 44 años de edad, fue acusado ante la Corte Regional de Graskop por el cargo de violación en contra de una niña de nueve años. Durante el proceso se estableció que la víctima fue penetrada analmente. La Corte Constitucional resolvió sobre la inconstitucionalidad alegada en contra de la definición de violación asimismo, la sentencia del agresor se reservó a la decisión de la Corte Constitucional sobre la insconstitucionalidad alegada.

Instancias: 

En la primera instancia, la Corte de Distrito que recibió la denuncia inicial, remitió el caso a la Corte Regional de Graskop. El demandado no rindió evidencia o llamó a testigos. Su defensa argumentó que de ser declarado culpable debía serlo por el delito de asalto indecente (indecent assault). La defensa señaló, en torno al cuestionamiento sobre si el common law debía ser desarrollado, que no era competencia de la Corte pronunciarse sobre la constitucionalidad de una regla del common law.

La Corte Regional señaló que no existía en la Constitución o en alguna otra legislación una prohibición que le impidiera investigar o reglamentar sobre la constitucionalidad de una regla del common law ni que pueda desarrollarla cuando sea necesario. Señaló que en la legislación actual, la penetración anal no consensuada a un niño o una niña amerita una criminalidad menor, que corresponde a la de asalto indecente, y no la de violación. Señaló que un acto de tal naturaleza no debe verse como menos injurioso, menos humillante o de menor seriedad.

Señaló que tal distinción no tiene sentido dado que el ano al igual que la vagina son cavidades igualmente privadas y que no deben estar sujetas a injurias o abusos. De esto resulta que la definición de violación del common law, no sólo es arcaica sino irracional y significa una discriminación arbitraria al señalar que cierta penetración sexual sea vista como la de mayor gravedad y sólo en referencia de las mujeres. Señala que la definición debe ser desarrollada para promover objetivos constitucionales y proporcionar una protección de mayor amplitud. La Corte sugirió extender la definición de violación a: "... actos no consensuados de penetración sexual del órgano sexual masculino en la vagina o ano de otra persona".  

La Corte Regional condenó al agresor de acuerdo a la definición ampliada, por que señaló, que con base a ésta, el crimen cometido correspondía al de violación. La Corte Regional decidió suspender los procedimientos y remitirlos a la High Court para que ésta dictara sentencia.

En la segunda instancia, La Alta Corte de Sudáfrica (High Court of South aftica) debía considerar, sobre los hechos del caso, si  la decisión de la condena y del desarrollo del common law debían confirmarse. La Corte consideró que estaba probado que el agresor había penetrado analmente a la víctima. Sobre la necesidad de extender la definición de violación encontró que el asalto indecente recibe sentencias más indulgentes que las que recibe una condena por violación. Lo que resulta en una inadecuada protección y en una sentencia discriminatoria. Refirió que corresponde a la Corte Constitucional, resolver sobre la inconstitucionalidad de la definición de violación, y sobre lo que se refiere a la neutralidad genérica de la definición de la misma. La determinación de la sentencia al agresor se pospuso hasta que se resolviera el asunto.

La Corte, confirmó la inconstitucionalidad. La sentencia para el agresor quedó pendiente hasta que la Corte Constitucional se pronunciara sobre el asunto.

Resolución: 

En el voto mayoritario por el que se resuelve el asunto, la Corte  Constitucional señaló:

Que no se confirma la resolución de la High Court.

La definición de violación del common law se debe extender para incluir los actos de penetración no concensuados del pene en el ano de una mujer.

El desarrollo de la definición se debe de aplicar sólo a las conductas que ocurran posteriormente a la fecha del juicio del presente asunto.

El agresor debía ser condenado por asalto indecente (indecent assault) y no por violación. Para efectos de dictar la sentencia remitió el asunto a la Corte Regional.

Mecanismos de protección jurídica: 

Ampliación de la definición del delito de violación sexual para limitar obstáculos en el acceso a la justicia.

Justificación: 

Análisis desde la perspectiva de género.

Utilización del estándar internacional en la definición de violencia sexual.

El análisis jurídico se realiza desde la perspectiva de género e incluso cita estándares de protección jurídica sobre la definición de violencia sexual. La argumentación jurídica pretende remediar los obstáculos normativos para el acceso a la justicia de víctimas del delito.